MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lote 38

Ricardo Grau, Sin título (1966)

Estimado: $13,500 - $15,000

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Este lote puede ser considerado como "no exportable", el comprador deberá verificar con el Ministerio de Cultura

Ricardo Grau, Burdeos, 1907 - Lima, 1970

Esta composición es una de las obras más icónicas de la última etapa de la pintura de Ricardo Grau, cuando el artista se embarcó en una indagación sistemática en el lenguaje no figurativo. Grau ahondaría en los efectos puramente cromáticos de la superficie pictórica, que Juan Acha definió como una voluntad de “sustraer al espectador todo soporte –sicológico, sensorial y espiritual- que no sea el estrictamente pictórico”. En 1970, el lienzo serviría de portada al conocido libro de Juan Manuel Ugarte Eléspuru, Pintura y escultura en el Perú contemporáneo.

Condición

Óleo sobre tela, 115 x 87 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.