MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXI SUBASTA DE ARTE MALI 2024

Sat, Apr 6, 2024 12:30PM EDT
Lot 33

Sérvulo Gutiérrez, Rostro de mujer (1953)

Estimate: $5,000 - $5,500

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$500 $500
$1,000 $1,000

Este lote puede ser considerado como "no exportable", el comprador deberá verificar con el Ministerio de Cultura

Sérvulo Gutiérrez, Ica, 1914 - 1961

A lo largo de la década de 1950, la obra de Sérvulo Gutiérrez estaría definida por una progresiva “desmaterialización” de las formas que, sin embargo, no abandonó nunca el terreno de la figuración. Este retrato es un notable ejemplo de aquellas búsquedas, al convertir la representación de un rostro femenino en un juego casi caligráfico, potenciado por la intensidad del color. Así el artista planteaba una alternativa a la irrupción del arte abstracto en la escena limeña, una posición de búsqueda a la que Sérvulo aludió al declarar que “[n]o existe conflicto alguno entre la realidad y la pintura”.

Condition

Pastel sobre papel

32.5 x 24.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles