MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXI SUBASTA DE ARTE MALI 2024

Sat, Apr 6, 2024 12:30PM EDT
Lote 56

Sandra Gamarra, Imágenes Sueltas en la Historia Occidental III (Retratos) (2017)

Estimado: $22,000 - $23,000

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Sandra Gamarra, Lima, 1972

Representada por 80m2 Livia Benavides

La enciclopedia francesa Historia Universal de la Civilización no contempla en sus tomos las civilizaciones precolombinas. Esta obra reúne algunos de los retratos que la ilustran y sobre ellos aparecen pintados esos otros retratos que no están presentes. Las imágenes sobrepuestas vienen a alterar este orden pre-establecido, pero de manera sutil, ya que están pintados en los mismos tonos que las imágenes impresas, de tal manera que solo aparecen ante una mirada cuidadosa.

Condición

Óleo sobre papel sobre tabla

140 x 161 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles