MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lote 69

Gonzalo Hernández, Artist + Gallerist + Collector (2024)

Estimado: $2,000 - $2,500

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Precio Incremento de oferta
$0 $100
$1,000 $200

Gonzalo Hernández, Lima, 1991


Tomando como punto de partida las obras textiles del conceptualista italiano Alighiero Boetti, Gonzalo Hernández recurre a las configuraciones de texto en cuadrícula, explotando la idea de orden y desorden que entrañan. Las palabras que se ocultan en estas piezas dan nombre a los principales roles del aparato artístico: artista, galerista, coleccionista, curador, crítico. La invitación a hallarlas, es, a su modo, también una invitación a la reflexión sobre las dinámicas del campo artístico y las jerarquías cambiantes que existen entre estos roles, contra el trasfondo de la idea del prestigio y la originalidad, canalizada por la cita a Boetti.

Condición

Tejido Jacquard montado en

MDF
50 x 50.5 x 2.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.