MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lote 68

Cindy Ramírez, Instrucciones para tejer (2023)

Estimado: $1,500 - $1,800

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$1,000 $200

Cindy Ramírez, Lima, 1988


En “Instrucciones para tejer II”, Cindy Ramírez articula las formas tradicionales del tejido con modelos científico-matemáticos, tendiendo un puente que conecta imaginarios del pasado, presente y futuro. La artista borda una serie de puntos sobre una cuadrícula creando un diagrama que trae a la mente desde las viejas tarjetas perforadas de cómputo hasta placas de circuito, para indicar la distribución de los hilos con los que se puede crear un patrón complejo de tejido. Ramírez resalta así el nexo entre la habilidad manual y el razonamiento lógico matemático en el tejido andino, apuntando a una cosmovisión de gran sofisticación geométrica.

Condición

Bordado sobre tela


76.5 x 95 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.