MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lot 53

Pierina Másquez, Sin título, de la serie Amuletos y ofrendas de alimento y cuidado (2023)

Estimate: $400 - $450

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$5,000 $500
$10,000 $1,000

Pierina Másquez, Chiclayo, 1993

Representada por Galería Crisis

Las piezas cerámicas de Pierina Másquez son una suerte de traducciones en tercera dimensión de sus dibujos. Esta obra reelabora su dibujo “El triunfo de las sombras sobre el silencio”, un retrato doble de la artista y de su padre. La pieza cerámica juega con la maleabilidad del material para crear una representación del vínculo biográfico y afectivo entre dos personas. Cada figura se extiende rumbo a una dirección opuesta y sin embargo siguen conformando un único objeto—siguen unidas—. Entre ambos rostros surge la imagen de un destello luminoso, que remite a la fuerza del lazo que les une más allá de las circunstancias propias de la vida y de la muerte.

Condition

Cerámica esmaltada, 12.5 x 27 x 7.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.