MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lot 52

Nereida Apaza, Alegorías (2020)

Estimate: $2,000 - $2,500

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$5,000 $500
$10,000 $1,000

Nereida Apaza, Arequipa, 1979

Representada por Galería del Paseo

Estas “Alegorías” de Nereida Apaza están formadas por un conjunto de bordados en los que la artista combina imágenes de gran simplicidad visual con frases poéticas. Si bien las figuras sintéticas de Apaza (algunas de las cuales recuerdan a mundos, huevos, semillas) y sus textos semánticamente abiertos no guardan correlación aparente entre sí (las imágenes no ilustran los textos ni los textos describen las imágenes), es en esa relación indeterminada que explotan mutuamente su potencial metafórico. De ese modo, la artista hilvana un relato íntimo y enigmático, a veces nostálgico, a veces reflexivo, aunque siempre cargado afectivamente, en el que el bordado surge como una forma más cálida, más táctil y más laboriosa de dibujar y de escribir.

Condition

Bordado sobre tela, 20 x 20 cm c/u

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.