MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXI SUBASTA DE ARTE MALI 2024

Sat, Apr 6, 2024 12:30PM EDT
Lot 49

Javi Vargas, La Marikátegui (2006)

Estimate: $800 - $900

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$500 $500
$1,000 $1,000

Javi Vargas, Huancayo, 1972

Edición 2 de 4

“La Marikátegui” es un “calco” y una “copia” queer, a la vez que “una creación heroica”, un mito y una falsificación travesti, que en “arqueologías de maquillajes" devela sus saberes históricos reformulando y extrañando los símbolos de las izquierdas, desmontando la heroicidad masculina nacional, “la virilidad idealizada como noble, sobrehumana y única”. Una imagen que arde y quema, que pregunta entre otras cosas, ¿Cómo comprender las realidades históricas de las disidencias sexuales en el Perú? ¿Cuál es el rol de la imagen en la producción del héroe nacional y su género?. Rehusandose a significar solo una cosa y en una sola dirección, La Marikátegui no apunta a ser una estrella, sino proliferaciones inverosímiles de constelaciones y galaxias.

Condition

Grabado digital sobre papel de algodón

56 x 49.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles