MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lot 19

Elena Izcue, Par de individuales (Década de 1950)

Estimate: $1,800 - $2,000

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$1,000 $200

Elena Izcue, Lima, 1889 - 1970


Estos dos pequeños textiles formaron parte de sendos juegos distintos de servilletas de los que escasas piezas se conservan en buen estado. Fueron diseñados por Elena Izcue para su uso y el de su hermana Victoria, probablemente cuando ambas ya estaban instaladas definitivamente en Lima, a donde habían regresado en 1939. Sus diseños están impresos a mano y reditan algunos de los motivos de inspiración precolombina más icónicos creados por Elena años atrás. A ello se suma un acabado de gran delicadeza, probablemente supervisado o incluso ejecutado por la propia Victoria.

Condition

Tela impresa a mano


24 x 24 cm | 28 x 28 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.