MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lot 60

Catálogos historicos subasta

Estimate: $200 - $250

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$5,000 $500
$10,000 $1,000

SUBASTA ANUAL DE ARTE: 1999, 2007, 2008, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021, 2023

SUBASTA DE VERANO: 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 

Durante 27 años consecutivos, la Subasta de Arte del MALI ha sido un evento emblemático en el calendario artístico peruano. Este evento ha estado acompañado, desde sus primeros años por un catálogo. La suma de sus distintas ediciones encapsula la información más relevante sobre el mercado de obras en Perú. Este lote especial reúne la mayoría de estos catálogos, muchos de los cuales ya no están disponibles en el mercado.

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.