MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lot 34

Anónimo, Faja de Taquile (Fines del siglo XX)

Estimate: $500 - $700

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$1,000 $200

Anónimo, Taquile


La isla Taquile, en el lago Titicaca, es conocida por el apego de su población a las tradiciones, lo que se atribuye a dos circunstancias sucesivas en el tiempo: la condición insular, que los mantuvo en relativo aislamiento hasta hace pocas décadas y la llegada, desde los años 70, de visitantes interesados en la cultura y el paisaje del lugar. La indumentaria, tanto femenina como masculina, confeccionada por los taquileños, es uno de los rasgos de identidad que se han mantenidoen el tiempo. La faja, usada por hombres y mujeres, no solamente tiene un uso utilitario, sino que cuenta -a través de la iconografía presente en el tejido- la historia de la persona que la usa.

Condition

Tejido faz de urdimbre, phatara pallay


13 x 126 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.