MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lote 10

Rosabel Quintana, Paño de leche (2024)

Estimado: $150 - $200

Incremento de ofertas

Precio Incremento de oferta
$0 $100
$1,000 $200

Rosabel Quintana, Chota, Cajamarca, 1968

Asociación Artesanas Paños Tacabambino


El pañón de leche es una singular prenda usada por las mujeres de todo el norte peruano. Su originalidad radica en la técnica conocida como teñido en reserva, que consiste en anudar y cubrir con material impermeable algunas porciones de los hilos de algodón, para luego remojar la madeja en el tinte. Así se consiguen partes teñidas y partes blancas. La tejedora requiere de gran habilidad para, en el tejido en telar de cintura, lograr complejos diseños que reflejan la ideosincracia de la mujer norteña. Esta técnica es conocida en el mundo como ikat y ha sido usada por los tejedores precolombinos.

Condición

Telar de cintura


91.5 x 218 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.