MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XIV Subasta de Verano de Arte MALI

Fri, Feb 21, 2025 07:30PM EST
Lote 58

Micaela Baca, Sin título, (2024)

Estimado: $200 - $250

Incremento de ofertas

Precio Incremento de oferta
$100 $100
$2,000 $200
$5,000 $500
$10,000 $1,000

Micaela Baca, Lima, 2001

Micaela Baca viene desarrollando una serie de obras que giran en torno al auge inmobiliario y los cambios que introduce en nuestros modos de vida. Partiendo de una imagen de su album de fotos, la artista representa una reunión en la antigua casa familiar, sobre la que borda el plano de un departamento moderno, cuya abstracta geometría rompe con la figuración realista del dibujo (no obstante los hilos sugieren cierta calidez). De ese modo la artista sugiere las negociaciones que imponen las nuevas configuraciones arquitectónicas, hechas para maximizar la rentabilidad del terreno, y las dinámicas sociales de una familia tradicional.

Condición

Lápices de color, óleo pastel e hilo sobre cartulina

47.2 x 70.2 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.