XV SUBASTA DE VERANO MALI 2026
Museo de Arte de LIma dguzman@mali.pe
| Precio | Incremento de oferta |
|---|---|
| No bidding increment | |
Ian Tevo, Lima, 1983
El Refugio es una serie fotográfica realizada por Ian Tevo entre 2011 y 2019 en diversos nightclubs del centro de Lima, muchos de ellos hoy desaparecidos. En ellas, luces artificiales saturadas, superficies blandas y recorridos fragmentados configuran una escenografía destinada a la espera y a la negociación. La figura humana aparece de manera elíptica, casi tangencial, mientras el mobiliario, la iluminación y la disposición espacial concentran la carga visual. Estos espacios se presentan como refugios temporales: lugares sin memoria propia, diseñados para ser ocupados y abandonados. A través de un registro sostenido de estos interiores, el artista desplaza la atención del acontecimiento al espacio, abordando la arquitectura nocturna como un dispositivo que organiza el deseo y estructura sus intercambios.
Edición 1/3 + 2 PA
Fotografía digital impresión giclée en papel Hanemühle Photorag Baryta
40 X 60 cm
ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.