MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lote 12

Elvia Paucar, Caiserina fondo guinda (2024)

Estimado: $450 - $500

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$1,000 $200

Elvia Paucar, Junín, 1969


San Pedro de Cajas es una localidad del departamento de Junín famosa por sus caiserinas, frazadas tejidas con telar de pedal. Esta pieza es un excelente ejemplo de aquella tipología textil, caracterizada por sus hermosos diseños y vibrantes colores. Su autora es Elvia Páucar, una de las principales representantes de la tradición textil de San Pedro de Cajas. Elvia es hija y discípula de Santiago Páucar, reconocido como gran maestro de la artesanía peruana en el año 1993.

Condición

Tejido a telar a pedal


195 cm x 173.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.