MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXXI SUBASTA DE ARTE MALI 2024

Sat, Apr 6, 2024 12:30PM EDT
Lote 54

Elena Tejada-Herrera, Sin título (2020)

Estimado: $5,000 - $5,500

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Precio Incremento de oferta
$0 $100
$500 $500
$1,000 $1,000

Elena Tejada-Herrera, Lima, 1969

Representada por 80m2 Livia Benavides

Elena Tejada-Herrera es una artista trans-disciplinaria que cultiva una pasión por el dibujo. Estos son autobiográficos, reflejan experiencias propias y de su entorno amical, incorporan comentarios a hechos actuales y responden a acontecimientos políticos y culturales como las luchas por las libertades identitarias y de género, a cuestiones de raza o problemas de clase entre otros. La artista representa metafóricamente interacciones humanas como relaciones inter-especies, normalizando la fluidez de género y de identidades, con un carácter irreverente, sexual y lúdico. En muchas de sus series se reflejan el feminismo, expresiones kuir y contra-coloniales, en contrapunto con situaciones de relaciones inter-personales.

Condición

Tinta sobre papel

36 x 26 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles