MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lote 15

Chifle (Segunda mitad del siglo xx)

Estimado: $1,300 - $1,500

Incremento de ofertas

Precio Incremento de oferta
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$5,000 $500
$10,000 $1,000

Anónimo

Estos objetos decorativos evidencian la vitalidad que las tradiciones plateras han mantenido en el Perú moderno. Aunque realizados hace escasas décadas, ellos recrean con notable oficio modelos coloniales de apliques para sujetar velas, o incluso piezas republicanas como las conocidas tazas de la sierra sur y los chifles de la sierra central destinados a guardar pólvora. Ya sea por su valor intrínseco, por la destreza de sus artífices o por su manera de traer a la memoria la historia del país, las piezas de plata de inspiración antigua aún constituyen uno de los elementos distintivos de la decoración local de interiores.

Condición

Plata fundida y repujada, 23.5 x 27 x 6.8 cm

861 g

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.