MALI- Museo de Arte de Lima
Subasta en vivo

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lote 42

Carolina Kecskemethy, Fluctuando V (1988)

Estimado: $10,000 - $12,000

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Carolina Kecskemethy, Lima, 1960

En “Fluctuando V”, Carolina Kecskemethy explora las posibilidades de la pintura articulando distintas tradiciones de la abstracción del siglo XX en un único cuadro. El elemento central es una forma sinuosa que recorre el lienzo de extremo a extremo y que trae a la mente un brochazo, acaso como si de un guiño iconográfico a la abstracción gestual se tratase. Sin embargo, su alto grado de síntesis formal se asocia a la abstracción post-pictórica, mientras que el juego de relaciones figura y fondo, que la paleta bicolor pone en marcha, evoca los desarrollos del suprematismo e incluso, oblicuamente, al arte óptico. La artista congrega así distintas búsquedas estéticas en una forma visualmente simple y contundente.

Condición

Óleo sobre tela, 180 x 154 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.