MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lot 55

María Abaddon, Paisaje de la destrucción (2024)

Estimate: $3,000 - $3,500

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$1,000 $200

María Abaddon, Lima, 1988


En “Paisaje de la destrucción”, María Abaddon juega con las posibilidades interpretativas de un paisaje eminentemente abstracto. Las formas que crea la artista, que traen a la mente un mar de llamas en expansión —especialmente por el uso de tonos rojizos—, le da un carácter apocalíptico a la imagen. Sin embargo, la armonía cromática que emplea Abaddon, donde destaca lo luminoso de su paleta, la suavidad de sus formas undulantes y la calidez del material empleado, disloca tal lectura. La escena se torna, simultánea y paradójicamente inquietante y amable, señalando acaso un mundo enteramente nuevo y lleno de posibilidad.

Condition

Fieltro mojado y fieltro con aguja


153.5 x 146 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.