MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lot 43

Manuel Domingo Pantigoso, Danzantes (Ca. 1935 - 1950)

Estimate: $1,800 - $2,000

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$1,000 $200

Manuel Domingo Pantigoso, Arequipa, 1901 - Lima, 1991


Las escenas de danza en el Altiplano son un motivo recurrente en la obra de Manuel Domingo Pantigoso. Pero lejos de cualquier pretensión descriptiva, el artista exploró esta temática para convertirla en una especie de símbolo de la perfecta fusión entre los seres humanos y la naturaleza. A través de una estilización gráfica visiblemente influenciada por el Art-Déco, Pantigoso convierte el movimiento rítmico de los danzantes en el eco de una geografía andina también descrita a través de líneas ondulantes.

Condition

Gouache sobre cartulina


53 x 65,5 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.