MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXII SUBASTA DE ARTE TEXTIL MALI 2024

Sat, Oct 19, 2024 12:30PM EDT
Lot 57

Lucia Cuba, Peso Perú (2021 - 2024)

Estimate: $1,500 - $1,800

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$1,000 $200

Lucia Cuba, Lima, 1980


Complejidades entrelazadas en seis kilos de algodón, hilos que desafían estructuras, componiendo un telar que no solo es vestimenta, sino una declaración política. Los colores, texturas y el peso, se proponen como reflejo de la narrativa histórica de país, hilos que susurran memorias, luchas y resistencias. Esta pieza se construye en dos tiempos, en dos dimensiones: el objeto material y la experiencia a que lo trasciende. El trabajo de Cuba se sitúa en la intersección del diseño, arte textil, y la política. Su obra propone dispositivos vestibles y performáticos, que desmantelan las nociones de la moda hegemónica, explorando los intersticios entre la biopolítica y el activismo

Condition

Telar de tapiz. Algodón rojo y blanco


56 x 132 x 7 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.