Museo de Arte de LIma
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XV SUBASTA DE VERANO MALI 2026

Sat, Feb 28, 2026 08:00PM EST
  2026-02-28 20:00:00 2026-02-28 20:00:00 America/New_York MALI - Asociación Museo de Arte de Lima MALI - Asociación Museo de Arte de Lima : XV SUBASTA DE VERANO MALI 2026 https://lotes.subasta.mali.pe/en/auctions/mali--museo-de-arte-de-lima/xv-subasta-de-verano-mali-2026-22350
Museo de Arte de LIma dguzman@mali.pe
Lot 32

Elena Izcue, Boceto para afiche del perfume "Sans Adieu", (Ca. 1933 - 1934)

Estimate: $3,500 - $4,000
Starting Bid
$2,500

Bid Increments

Price Bid Increment
No bidding increment

ESTE LOTE ES CONSIDERADO COMO NO EXPORTABLE

Elena Izcue, Lima, 1889 - 1970

Con la intención de perfeccionar su trabajo en el ámbito del diseño, Elena Izcue ingresó en 1933 a la Grande Chaumière, una de las más prestigiosas academias privadas de arte existentes en París. Allí estudiaría bajo la dirección de Fernand Léger, famoso artista francés que había formado parte de los movimientos de vanguardia de inicios del siglo XX. El aprendizaje recibido se refleja en una pequeña serie de estudios para publicidad, altamente estimados por los coleccionistas debido a su sofisticada estética Art-Déco y a su rareza.

Condition

Témpera sobre cartón

22.8 x 15.6 cm

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.