Museo de Arte de LIma
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XV SUBASTA DE VERANO MALI 2026

Sat, Feb 28, 2026 08:00PM EST
  2026-02-28 20:00:00 2026-02-28 20:00:00 America/New_York MALI - Asociación Museo de Arte de Lima MALI - Asociación Museo de Arte de Lima : XV SUBASTA DE VERANO MALI 2026 https://lotes.subasta.mali.pe/en/auctions/mali--museo-de-arte-de-lima/xv-subasta-de-verano-mali-2026-22350
Museo de Arte de LIma dguzman@mali.pe
Lot 23

Anónimo, Cuatro trajes de Lima, (Ca. 1850)

Estimate: $900 - $1,000
Starting Bid
$800

Bid Increments

Price Bid Increment
No bidding increment

ESTE LOTE ES CONSIDERADO COMO NO EXPORTABLE

Anónimo, Paris

Las presentes láminas pertenecen a un ejemplar del Musée des Costumes, una de las más exitosas compilaciones de trajes del mundo publicada en el siglo XIX. Impresa en París y aparecida por primera vez en 1850, la publicación destacó tanto por la excelente calidad de del trabajo de los grabadores y de la imprenta, como por el amplio repertorio de imágenes que contenía. La mayoría de los tipos limeños que ella incluyó fueron tomados de los que se producían en Lima, sobre todo gracias al trabajo de Pancho Fierro.

Condition

Grabado sobre metal impreso a color en papel

27.6 x 20 cm c/u

ENTREGA DE LA OBRA 1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo. 2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna. INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES 1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura. 2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final. LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS 1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable. 2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.