MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXXI SUBASTA DE ARTE MALI 2024

Sat, Apr 6, 2024 12:30PM EDT
Lot 42

Anónimo, Cartel Los Shapis (ca. 1985 - 1990)

Estimate: $500 - $600

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$500 $500
$1,000 $1,000

Anónimo

Conservado por una circunstancia afortunada, este excepcional par de afiches hechos a mano proviene de un conjunto de papeles del emblemático grupo los Shapis aparecido hace casi un año en el mercado de libreros de viejo. Debió ser realizado hacia fines de la década de 1980 o a inicios de la siguiente, en un momento en que era usual encargar a un dibujante los carteles que recibían al público en los locales de música “chicha”. Uno de los afiches menciona explícitamente la Disco Centro Lampa, famoso lugar de baile ubicado en el Centro de Lima, además de aludir de forma humorística a los usuales cortes de electricidad que sufría la capital en aquel momento. Al dibujo seguro de los personajes representados y de la tipografía se suma el uso de plumones para conseguir las tonalidades casi fosforescentes que caracterizan a la publicidad “chicha”.

Condition

Rotuladores de color sobre papel

70 x 100 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles