MALI- Museo de Arte de Lima
Live Auction

XXX SUBASTA DE ARTE MALI 2023

Sat, Nov 18, 2023 11:30AM EST
Lot 1

Adela Panduro, Platos (2023)

Estimate: $350 - $400

Bid Increments

Price Bid Increment
$0 $100
$5,000 $500
$10,000 $1,000

Adela Panduro, Pucallpa, 1970

El tradicional diseño kené propio del pueblo Shipibo Konibo asume la forma de patrones geométricos laberínticos asociados a la serpiente (Ronin), a la cruz del sur o a dibujos luminosos que aparecen tras la mareación con ayahuasca. Cada diseño kené es espontáneo e irrepetible. Para el pueblo shipibo el kené es un elemento que conecta todos los seres vivientes y no vivientes, y por lo tanto se plasma no solo en textiles o cerámica, sino también en instrumentos musicales, armas, canoas y sobre el propio cuerpo. Estos dos lotes muestran el delicado trabajo de aplicación de motivos kené tanto en cerámica de tipo utilitario como en representaciones escultóricas de animales.

Condition

Cerámica, 13.5 x 40.5 x 40.5 cm | 11 x 37 x 37 cm | 11 x 36.5 x 36.5 cm

ENTREGA DE LA OBRA

1. Una vez se haya realizado el pago total de la obra, el titular podrá retirarla de las instalaciones del MALI, a su costo y riesgo.

2. El MALI podrá sugerir empresas especializadas en transporte de obras de arte, sin responsabilidad alguna.

INFORMACIÓN RESPECTO DE OBRAS NO EXPORTABLES

1. El MALI informa en las subastas las obras que no pueden ser exportadas etiquetadas como “Lote No exportable” por su condición de pertenecientes al Patrimonio Cultural. Sin embargo, dicha información es referencial, siendo que es obligación de cada comprador realizar las consultas respectivas en el Ministerio de Cultura.

2. El MALI no se hace responsable del envío de la obra a un país extranjero, en lo que respecta a traslado, seguro y flete necesario para que la obra llegue a su destino final.

LEGISLACIÓN APLICABLE Y SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

1. El Contrato se sujeta íntegramente a las leyes de la República del Perú. Las Partes acuerdan que toda discrepancia o divergencia que pudiera surgir derivada del Contrato firmado, incluidas las relativas a su interpretación, ejecución, validez o eficacia, deberá ser resuelta de manera amigable.

2. En caso que la discrepancia o divergencia subsistiese, ésta será resuelta por los jueces y tribunales del cercado de Lima, renunciando expresamente las Partes a cualquier otro fuero que pudiese corresponderles.